POR DAVID LA HOZ
PUNTO LEGAL-RD, SE VISTE DE GALA EN SU PRIMERA ENTREGA DE SU SERIE DE REPORTAJES ESPECIALES "PUNTO ELECTORAL 2010", e invita a leer este importate articulo, que aúnque, ciertos grupos de poder, "brinquen y pataleen", tienen que respetar como doctrina júridica.
"...La Nueva Constitución de la República Dominicana plantea una dicotomía con relación al voto en unos de sus artículos lo consagra como un Derecho de primera generación (art. 22); en otro, lo llama un deber (art. 75), mientras que en el art. 208 remacha su afirmaciones de que es un Derecho y un deber a la vez, pues las consecuencias procesales de esas proclamas tienen resultados diferentes...". Ver detalles en: El Derecho al voto y el caso Santana Páez :: CLAVE digital
Cortesía del autor y Clave Digital.
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