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jueves, 12 de noviembre de 2009

Anteproyecto de Ley, CREARIA CONTROL PARA USO DE TARJETAS DE CREDITO EN EL GOBIERNO CENTRAL

SANTO DOMINGO. El nuevo anteproyecto de ley general de salarios para el sector público entregado al Poder Ejecutivo por la Secretaría de Estado de Administración Pública (SEAP) prohíbe la asignación de tarjetas de crédito a los funcionarios.
En su artículo 24, sobre las tarjetas de crédito, el anteproyecto de ley señala que "queda totalmente prohibido la asignación y el uso de tarjetas de crédito a los cargos objetos de la presente ley, excepto los puestos correspondientes al Presidente y Vicepresidente de la República".
Expone que una vez puesta en vigencia la ley, todos los funcionarios entregarán a la Contraloría General de la República en un plazo de 60 días las tarjetas de crédito que tuvieren con la finalidad de cancelar las mismas.
El anteproyecto de ley señala que en caso de no hacerlo, el Contralor General de la República realizará la cancelación de las mismas por iniciativa propia.La iniciativa señala que ningún funcionario tendrá gastos de representación que supere el 10% de su salario, excepto el Presidente y Vicepresidente de la República.
Tampoco los gastos de representación tendrán carácter de salario.También indica que nadie ganará o tendrá un salario más alto que el Presidente de la República, salvo en caso que el mandatario lo autorice. Asimismo, los funcionarios tendrán que presentar sus declaraciones juradas dentro de un plazo de 30 días, luego de tomar posesión del cargo, mientras que la Junta Central Electoral (JCE) se abstendrá de entregar los certificados de elección hasta que no presenten la declaración jurada.
En su artículo 13, el anteproyecto de ley señala que los altos cargos públicos tendrán asignado un monto correspondiente al 5% del salario destinado para combustible, limitación que no aplica ni para el Presidente, ni para el Vicepresidente de la República.Una vez publicada y puesta en vigencia la Ley quedan suprimidos los cargos de Subsecretarios de Estado sin atribuciones específicas asignadas por la Ley dentro de las Secretarías a las que pertenecieren.
Agregados
Queda prohibido a los funcionarios percibir salarios adicionales, incentivos, gastos de representación y no podrán ejercer funciones que conlleven el pago de prestaciones o remuneraciones, excepto docentes, culturales, deportivas o investigación ni participar en empresas que tengan convenios o contratos con el sector público.
Fuente: periodico Diario Libre, edición digital. José Javier.
PUNTO LEGAL-RD 2009

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