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viernes, 6 de marzo de 2009

HACIA UNA NUEVA CONSTITUCION: LA LEY 70-90, CREA SU NECESIDAD

El pasado 27 de febrero fue promulgada la ley 70-09 que declara en su artículo 4 la necesidad de modificar la Constitución de la República Dominicana.

FUNDAMENTO DE LA NECESIDAD DE MODIFICACIÓN

Entre los argumentos de la ley que sustentan la necesidad de modificar la Constitución se encuentran algunos de tipo históricos, como que las reformas del 1994 y del 2002 no respondieron a las necesidades institucionales ni a las expectativas demandadas por nuestro pueblo en virtud de que dichas modificaciones se limitaron a revisar tan sólo 15 artículos. Además, se alude a que como consecuencia de esto fue designada una comisión de juristas "con el fin de propiciar consultas con la participación de todos los sectores de la sociedad, especialmente los populares sociales y políticos".

Más adelante se hace constar que fue visto como fuente de la ley el decreto que consignó a dicha comisión, sin embargo, no fue visto el anteproyecto que presentara la misma como resultado de la consulta, lo que consideramos fue, aunque un apego a la verdad y un raro destello de sinceridad, un gran "debió ser", en tanto se quiera o no, los resultados de la labor de los comisionados fueron, tal y como lo expresa la misma ley, producto de la participación del pueblo dominicano.

CUERPO DE LA LEY

En su artículo primero, y nos vamos a limitar a mencionar, el legislador expone los puntos neurálgicos de la modificación, a saber:

1.- El fortalecimiento institucional;
2.- Criterios de incorporación de las normas internacionales en el Derecho interno;
3.- El sistema de pesos y contrapesos; 4.- Estado de derecho y cumplimiento de la ley;
5.- Transparencia;
6.- Instrumentos para el desarrollo integral de la nación: la persona, la familia y la sociedad;
7.- La necesidad de incorporar nuevas figuras jurídicas. Luego, se exponen los 75 objetos de la modificación, entre los que cabe resaltar los controvertidos "establecer normas sobre la nacionalidad", "definir todo lo relativo al sistema electoral", "conocer las atribuciones del presidente de la República", "lo relativo a los contratos suscritos por el poder ejecutivo", "establecer los mecanismos para regular la sucesión presidencial", "revisar el mecanismo actual para las reformas constitucionales"; y otros no tan controvertidos como "reafirmar y precisar las normas relativas al idioma oficial y a los símbolos patrios".

En fin, casi todos los aspectos ya consagrados en el proyecto de reforma constitucional, por lo que tal parece que pronto tendremos una nueva Carta Magna, con nuevas fíguras jurídicas con rango constitucional. Pero el aspecto sobre la persecucion administrativa o judicial ha quedado fuera: ninguno de nuestros juriastas le ha dado mente a este aspecto. Por otro lado esta la social necesidad de reforma que ha ocasionado que se haga una reingenieria de Estado, no una mera reforma como nos han pregonado desde las asambleas de las consultas populares que nuestra Administracion Ejecutiva produjo y realizo.
No todos estamos dormidos en esta sociedad.

Finalizamos invitándote a que descargues y analices la ley 70-09 y dejando lo expresado como reflexión y abierto a comentarios.


Descargar la ley 70-09, en el siguiente link: [PDF] EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 70-09 ...Formato de archivo: PDF/Adobe Acrobat - Versión en HTML

Punto Legal R.D.
Derechos Reservados 2009

1 comentario:

Lola dijo...

Esa reforma es simplemente inconstituciocional, y si, un grupo de juristas y el pueblo se congregó a discutirlo. Nos veremos el jueves en la Suprema!